México endurece el control de armas: prohíben armas 3D, tácticos y blindados civiles

México endurece el control de armas: prohíben armas 3D, tácticos y blindados civiles

Ciudad de México. La presidenta Claudia Sheinbaum firmó un decreto que modifica más de 100 artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación. La reforma entró en vigor el 1 de enero de 2025 y establece nuevas restricciones al uso, fabricación y portación de armas, incluyendo la prohibición de armas 3D, vehículos blindados civiles con adaptaciones para disparar y accesorios tácticos no deportivos. También se endurecen las sanciones y se amplía la lista de delitos que ameritan prisión preventiva automática.

Armas 3D y tácticas quedan prohibidas en todo el país

El decreto prohíbe la fabricación de armas con impresoras 3D, de forma artesanal o con técnicas aditivas. También se veta el uso de vehículos particulares blindados con modificaciones para disparar y accesorios tácticos como miras térmicas, láser o visores nocturnos, excepto si se usan en caza o tiro deportivo.

Asimismo, se penaliza el uso de artefactos explosivos caseros, dispositivos para convertir armas semiautomáticas en automáticas y el transporte ilegal de municiones.

Sedena asume control total de armamento en México

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) tendrá facultades exclusivas para autorizar el uso de armas, municiones y explosivos de uso militar, incluso a funcionarios nacionales o agentes de seguridad extranjeros en visitas oficiales, bajo justificación específica y reciprocidad internacional.

“Solo se permitirá el uso de pistolas semiautomáticas menores a calibre .40 por parte de escoltas de jefes de Estado o de gobierno en visitas oficiales”, detalla el decreto.

También se establece que el control total de armas en México queda a cargo de Sedena, a través del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

Nuevas penas incluyen prisión automática por armas ilegales

Las empresas de seguridad privada que pierdan su licencia deberán entregar su armamento en un plazo de 15 días hábiles a instalaciones militares. Tendrán un plazo adicional de 45 días para disponer legalmente de dichas armas, de lo contrario, enfrentarán sanciones.

Las licencias de portación son intransferibles y se cancelarán si no se respetan los lineamientos de la nueva ley.

Campañas de desarme y definición de nuevas armas

Los tres niveles de gobierno estarán obligados a realizar campañas permanentes de cultura de paz y desarme. Estas deberán incluir información sobre pirotecnia, materiales explosivos y químicos relacionados.

Además, se redefine legalmente qué es un arma de fuego: incluye armas accionadas por gas o aire comprimido que superen los 140 Joules de energía.

Prisión preventiva automática

Se añade al artículo 19 constitucional una lista ampliada de delitos que ameritan prisión preventiva automática. Entre ellos se encuentran:

  • Portar sin licencia rifles, ametralladoras o explosivos del Ejército
  • Tener más de cinco armas de uso militar
  • Fabricar armas con tecnología 3D o convertirlas a automáticas
  • Usar vehículos adaptados para disparar
  • Introducir armas, cartuchos o explosivos ilegalmente
  • Transportar o vender explosivos caseros
  • Abuso de armas por parte de autoridades

Sanciones más severas y vigilancia reforzada

Portar armas sin licencia puede implicar hasta ocho años de prisión, mientras que modificar armas o fabricarlas con tecnología 3D puede alcanzar penas de hasta 30 años.

Toda arma decomisada deberá ser destruida o transferida al Ejército o a museos, según su valor histórico. También se prohíbe la venta de armas o municiones por internet y su envío por mensajería.

El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación, y se establece un plazo de 180 días para actualizar todos los reglamentos.

Valentina Rodríguez